Preguntas Frecuentes: Incentivo al Retiro

Incentivo Al Retiro

Es un beneficio económico otorgado a funcionarios del sector público para fomentar su retiro voluntario, asegurando mejores condiciones económicas al momento de cesar en sus funciones.
A partir de 2025, la vigencia de las leyes de incentivo al retiro se extiende de manera indefinida, convirtiéndolo en un derecho permanente.
Las leyes 20.919, 20.921, 20.948, 20.964, 20.996, 21.003, 21.135 y 21.043 regulan el Incentivo al Retiro y ahora tienen vigencia permanente.
  • Funcionarios con 65 años o más al 31 de diciembre de 2025.
  • Funcionarios que cumplan con los requisitos de años de servicio según su estamento.
  • Personas con enfermedades graves o licencias médicas extendidas pueden postular en 2025 mediante un procedimiento especial.
Las postulaciones generales comenzarán en 2026 y estarán sujetas a cupos disponibles.
Los montos dependen del estamento y los años de servicio:
  • Auxiliares y Administrativos: hasta 320 UTM (~$21.577.280)
  • Técnicos: hasta 404 UTM (~$27.241.316)
  • Profesionales, Directivos y Fiscalizadores: hasta 622 UTM (~$41.940.838)
66 años: 75% del bono 67 años: 55% del bono 68 años: 30% del bono 69 años: 10% del bono 70 a 74 años: No reciben bono
A partir del 1 de enero de 2027, todos los funcionarios que cumplan 75 años cesarán en sus funciones automáticamente.
Recibirán una indemnización de hasta seis meses de sueldo con un tope de 90 UF.
Se basará en el promedio de las remuneraciones de los últimos 12 meses, ajustadas según el IPC.
Sí. Los funcionarios que cumplan los requisitos podrán solicitar el bono en el mismo momento en que presenten su renuncia voluntaria.
Sí, pero solo si han sido traspasados a contrata o planta. Además, podrán considerar hasta 10 años de servicio a honorarios para completar los requisitos.
Se espera que el reglamento oficial sea publicado en el último trimestre de 2025.
No, quienes reciben el Incentivo al Retiro deben renunciar de forma definitiva al sector público y no pueden volver a ser contratados en instituciones estatales.
El retiro es voluntario hasta los 75 años. Sin embargo, después de esa edad, el cese de funciones es obligatorio según la normativa vigente.
Los funcionarios con enfermedades terminales o trastornos neurocognitivos graves pueden postular de manera preferencial sin estar sujetos a los plazos normales.
Sí, pero solo si presentas licencias médicas continuas o discontinuas por más de 180 días en 2024. En ese caso, podrás acogerte al retiro en 2025 de manera prioritaria.
Sí, la ANEF mantiene negociaciones abiertas con el Gobierno y podrían ampliarse cupos o actualizarse los montos según la evolución de la ley y las necesidades del sector público.
en https://anfuchid.cl/incentivo-al-retiro-anef-todo-lo-que-necesitas-saber/

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