Procedimiento para la Denuncia de Acoso Laboral, Sexual y Violencia en el Trabajo

En relación con la entrada en vigor de la nueva Ley Karin, que obliga a la adecuación de los “Procedimientos para la denuncia y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo”, es importante aclarar que este procedimiento no ha sido elaborado por ANFUCHID, sino por la Institución en la cual trabajamos, el Instituto Nacional de Deportes (IND).

Desde ANFUCHID consideramos que este procedimiento aún tiene mucho por mejorar, y continuaremos haciendo las observaciones necesarias para lograr que sea más efectivo y accesible. No obstante, entendemos que es el procedimiento formal vigente en este momento, por lo cual es fundamental conocerlo y aplicarlo hasta que se logren los cambios que estamos impulsando.

Pasos para realizar una denuncia

  1. Presentar la denuncia:
    La denuncia debe ser formalizada por escrito, firmada, e incluir los detalles de los hechos, testigos y evidencias disponibles. Debe ser entregada en un sobre cerrado al Receptor de Denuncias del Instituto Nacional de Deportes.
  2. Evaluación y proceso:
    La denuncia será evaluada en un plazo máximo de 3 días hábiles. Si procede, se abrirá un sumario administrativo o una investigación para esclarecer los hechos y determinar responsabilidades.
  3. Medidas cautelares:
    Dependiendo del caso, se pueden tomar medidas para proteger a la víctima, como la separación de las partes involucradas.

Postura de ANFUCHID

Desde ANFUCHID, continuamos exigiendo mejoras en este procedimiento y hemos compartido nuestras observaciones con la Institución para que el proceso sea más claro, accesible y eficaz. Creemos que todavía hay áreas clave que deben ser fortalecidas, y estamos comprometidos a seguir trabajando en ello.

Para más detalles sobre el procedimiento actual, te invitamos a descargar el documento disponible en esta página. Además, adjuntamos documentos con nuestra postura y propuestas de mejora para que conozcas la posición de ANFUCHID.

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