Reportaje exclusivo: ¿Cuáles son los alcances del dictamen de Contraloría respecto de los/as trabajadores/as a contrata en el Estado?

El dictamen emitido la semana pasada, que marcó el problemático “debut” de la flamante contralora general de la república, Dorothy Pérez, se tomó la agenda noticiosa no sólo en el mundo sindical, sino que, además, en el quehacer nacional en general.

En el documento se señala, expresamente, que la Contraloría “No intervendrá ni informará los asuntos que por su naturaleza sean propiamente de carácter litigioso, o que hubieren sido sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia”, como, por ejemplo, la no renovación o despido de trabajadores/as a contrata, por lo tanto, aquellas personas que trabajan bajo esta modalidad, más allá de los años de relación laboral que tengan con sus respectivos servicios, deberán recurrir directamente a tribunales.

El dictamen, de acuerdo a lo indicado por la asesora jurídica de Anfuchid y ANEF, Alejandra Miranda, genera dos problemas: “El primero es que los trabajadores y trabajadoras de menores ingresos no disponen de los recursos para judicializar su despido, no sólo en términos monetarios, sino de tiempo y disposición para mantener un litigio en tribunales. El segundo, tiene que ver con que la Justicia no reconoce los dos años de plazo como Confianza Legítima, por lo que estamos frente a una medida de carácter político”.

Sumado a esto, el criterio de los 5 años como “doctrina” de Confianza Legítima, reconocido por la Corte Suprema al momento de fallar para la reincorporación de funcionarios despedidos, fue implementado, mayormente, a través de la positiva influencia del juez Sergio Muñoz, recientemente destituido de su cargo vía acusación constitucional. La misma abogada Alejandra Miranda amplía el punto: “La reincorporación de funcionarios y funcionarias que han estado en esta situación, es algo que se ha ganado en la Corte Suprema, a veces por fallos de 3-2, eso significa que hay jueces que no creen en la Confianza Legítima ni de dos ni de tres ni de veinte años, y esto se debe a que el Estatuto Administrativo no ha sido modificado. Dicho de otro modo, es la Justicia de hoy la que cree en la Confianza Legítima, pero eso puede cambiar en cualquier momento”.

De acuerdo a lo descrito por fuentes en el Poder Judicial, el origen del problema está en el inicio del primer mandato del ex presidente Sebastián Piñera, donde se produjeron miles de desvinculaciones de trabajadores/as a contrata y Honorarios, quienes comenzaron a demandar al Estado de forma masiva. Luego, un fallo de la Corte Suprema indicó que los tribunales laborales no tienen competencia sobre las y los trabajadores a contrata, ya que la definición de esa modalidad es muy acotada en el Estatuto Administrativo, por lo que los/as afectados comenzaron a presentar recursos de protección, arguyendo que su término anticipado de contrato obedecía a razones políticas y era discriminatorio, con mejores resultados.

Es aquí donde cumple un rol clave el ya mencionado ministro Muñoz, ya que la Tercera Sala del máximo tribunal, conocida como la “Sala Laboral”, comenzó a interpretar la causal de despido, que habitualmente es “por razones de buen servicio”, como insuficiente, ya que no explica nada, considerándola arbitraria e ilegal, ordenando la reincorporación del/ funcionario/a.

Paralelo a esto, la tesis de la Confianza Legítima comienza a asentarse en los fallos, incorporándose la idea de los 5 años.

A juicio de las mismas fuentes cercanas a tribunales, lo verdaderamente litigioso no es la Confianza Legítima, sino el criterio de los 2 o 5 años. Respecto de la Confianza, esta incluso podría ser definida a través de una ley que señale expresamente qué es la Confianza Legítima, lo que ya ha sido propuesto en las últimas horas por actores como el ex ministro de Justicia, José Antonio Gómez, cuyas declaraciones fueron recogidas ayer en mañana por Radio Cooperativa: “Los trabajadores del sector público tienen todo el derecho a buscar formas de estabilizar su funcionamiento, pero creo también que es importante decir que la CGR no es un ente legislador. Lo que hizo el contralor antiguo (Jorge Bermúdez), fue generar una frase o una decisión de confianza legítima que no existe en la ley, y cualquiera sea la resolución que toma la Contraloría, eso va a terminar en los tribunales de justicia. Lo que hay que hacer es pedir que haya una ley que establezca claramente qué es la confianza legítima, y que no sea una interpretación ni de los tribunales, ni de la CGR”.

Hasta aquí, el escenario es de preocupación e incertidumbre ya que el dictamen borra el criterio establecido, dejando en total indefensión a las y los trabajadores del Estado que laboran bajo el régimen de contrata. Es por esto que, ayer por la mañana, en el marco de masivas manifestaciones en la contralorías regionales y en la central, ubicada en calle Teatinos frente al Palacio de la Moneda, la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, ANEF, y la CUT, presentaron una solicitud de reconsideración a la contralora Pérez.

Ante la iminente judicialización de los despidos, dada la cercanía de la fecha de notificación de las contratas, que es el 30 de noviembre, el escenario en la Corte Suprema sólo suma incertidumbre. Con la Tercera Sala descabezada tras la destitición del ministro Muñoz y la ministra Ángela Vivanco, la instancia está integrada actualmente por el ministro Diego Simpertigue, la ministra Adelita Ravanales, el ministro Mario Carroza, quien pasaría a la Primera Sala, y magistrado Jean Pierre Matus, más dos abogados integrantes. Dado lo anterior, no es posible determinar cuál es el criterio o doctrina que adoptará la Sala en estas materias en el futuro.

Accede al dictamen aquí.

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